El Defensor del Pueblo aconseja evaluar el copago farmacéutico, fijar más tramos y eximir a crónicos y discapacitados

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Viernes, 1 de diciembre de 2017

GACETA MEDICA

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado alMinisterio de Sanidad que promueva la modificación de la Ley del Medicamento, de modo que exima del copago a pacientes afectados por enfermedades crónicas y graves, a personas con discapacidad con grado reconocido y a personas con ingresos económicos que no superen el umbral de pobreza; al tiempo, le recomienda que fije nuevos tramos de renta y porcentajes para que exista mayor progresividad y equidad.

Además, ha solicitado alGobiernoque elabore un informe que evalúe el impacto que ha tenido la introducción del copago farmacéutico en los objetivos de contención del gasto público y en la calidad de la prestación farmacéutica que ofrece elSistema Nacional de Salud.

Considera que es necesaria la modificación de laLey de garantíasy uso racional de los medicamentos para “ampliar la protección de los colectivos vulnerables y garantizar que estas personas puedan acceder a los medicamentos que precisan”.

En su opinión, “la rigidez de la normativa que aprobó por vía de urgencia el nuevo modelo de copago farmacéutico, que entró en vigor en julio de 2012, perjudica la situación de muchos pacientes en situación de vulnerabilidad y entraña un riesgo adicional para la garantía de adherencia a los tratamientos médicos en determinadas circunstancias”.

PROTECCIÓN A LOS COLECTIVOS VULNERABLES

Entre las medidas que propone destaca la exención del copago, o la aplicación de un porcentaje mínimo, a los pacientes afectados por enfermedades crónicas y graves (entre otras, enfermedades raras, degenerativas y oncológicas), especialmente cuando se trate de menores de edad.

Además, el Defensor cree insuficientes los actuales tramos de renta - de 0 a 18.000, de 18.001 a 100.000 y de más de 100.000 euros- y, por ello, pide que se fijen nuevos tramos y porcentajes de copago que se correspondan mejor con los principios constitucionales de progresividad y equidad.

Actualmente, están exentos de aportación los afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica; personas perceptoras de rentas de integración social; personas perceptoras de pensiones no contributivas; parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación y personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Asimismo, la Institución ha recomendado que se determine con claridad cuál es la Administración competente para resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de copago farmacéutico y que se pongan en marcha los instrumentos necesarios para que dichas reclamaciones puedan atenderse.